SERVICIOS PUBLICOS. UNIDADES EJECUTORAS. RESUMEN MENSUAL DE FACTURACION




Promulgación: 09/11/1988
Publicación: 15/02/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 831

Artículo 3

 En caso de insuficiencia de créditos para planillar los suministros, las
respectivas contadurías centrales, deberán gestionar ante la Contaduría
General de la Nación, los incrementos que correspondan según las normas
vigentes.
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