Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Reglamentario/a de: Ley Nº 14.106 de 14/03/1973 artículos 239 y 240.
Reglaméntase lo referente a la obligación de marcación y señalada de los animales, disponiéndose que todo propietario de ganado debe marcarlo y
señalarlo y contramarcar los cueros que salgan de su establecimiento. Regúlese todo lo referente al derecho de uso de las marcas, títulos de propiedad, cobro de derecho de propiedad de señales y marcas, expedición de títulos de propiedad por la Dirección Nacional de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y Señales; transferencias, infracciones y sanciones.