{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "760" 
  ,"anioNorma" : 1976 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL REGLAMENTO GENERAL DE PRACTICOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1976/12/01/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/11/1976" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/12/1976" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1976 
  ,"pagina" : 1340 
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  ,"vistos" : "    Visto: estos antecedentes elevados por el Comando General de la Armada\r\nen los cuales remite el informe de la Oficina de Pilotaje de la prefectura\r\nNacional Naval el que contiene la modificación del inciso a).\r\n\r\n   Considerando: I) Que el inciso a) del artículo 25 del decreto 24.483\r\n(Reglamento General de Prácticos), de fecha 9 de agosto de 1962, indica\r\nque la edad de los aspirantes para ser admitidos al concurso debe ser\r\nmenor de cincuenta y cinco (55) años de edad;\r\n\r\n   II) Que dado los riesgos físicos a que se someten los señores Prácticos\r\ncuando deben embarcar o desembarcar en los buques que pilotean y que lo\r\ndeben hacer con toda clase de tiempo, desde una lancha y por medio de una\r\n\"Escala de Gato\";\r\n\r\n   III) Que se considera el actual límite de edad muy elevado, no\r\nsolamente en lo que respecta al estado físico, sino que el hombre debe\r\ntener posesión de todos sus reflejos para maniobrar buques de gran\r\ntonelaje, bajo cualquier condición climática;\r\n\r\n   IV) Que a los efectos de contar en el futuro con Prácticos en adecuado\r\nnivel físico se debería modificar la edad de los postulantes para ser\r\nadmitidos al concurso, con una edad de cuarenta y cinco (45) años;\r\n\r\n   Atento: a los fundamentos expuestos, a los informes de la Prefectura\r\nNacional Naval y Comando General de la Armada,\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/760-1976/1" 
 ,"textoArticulo" : " Modifícase el inciso a) del artículo 24 del decreto 24.483 (Reglamento\r\nGeneral de Prácticos), de fecha 9 de agosto de 1962 por el siguiente:\r\n\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/760-1976/1\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/760-1976/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese en el Boletín del Ministerio de Defensa\r\nNacional y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - WALTER RAVENNA\r\n " 
 }