COMERCIO EXTERIOR. HUEVOS DE AVES DE PEDIGREE




Promulgación: 13/09/1973
Publicación: 21/09/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Autorízase a partir de la fecha la importación de aves y huevos de
pedigree con destino a reproducción. Fíjanse las condiciones de ingreso
y establécese que los establecimientos interesados en la importación
deberán registrarse en la Dirección de Sanidad Animal. Incorpórese a
estos importadores a la nómina de reproductores beneficiados con las
franquicias aduaneras, cambiarias y consulares.

Artículo 1



		
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