MODIFICACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1988. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS. MINISTERIO DE GANADERIA AGRICULTURA Y PESCA. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 09/11/1988
Publicación: 08/08/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos 
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1988, presentados por Unidades ejecutoras de los Incisos 02 "Presidencia de la República", 03 "Ministerio de Defensa Nacional", 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", 07 "Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca" y 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" y que algunas de ellas solicitan la ampliación e incorporación de proyectos al Plan de Inversiones Públicas de dicho ejercicio.

   Resultando: I) Que las citadas ampliaciones se refieren a los 
proyectos de Inversión Nos. 718 "Remodelación edificio calle 25 de Mayo" en un monto de N$ 30:000.000.00 (nuevos pesos treinta millones), 725 "Máquinas Equipos y Mobiliarios" en un monto de N$ 43:720.000.00 (nuevos pesos cuarenta y tres millones setecientos veinte mil pesos) y 726 "Remodelación local calle Cerro Largo" en un monto de N$ 10:000.000.00 (nuevos pesos diez millones) en el Programa 010 "Regulación de precios y subsidios de los artículos de primera necesidad del Inciso 05 "Ministerio
de Economía y Finanzas" 750 "Adquisición de vehículos" en un monto de N$ 6:252.955.00 (nuevos pesos seis millones doscientos cincuenta y dos mil novecientos cincuenta y cinco) en el Progrma 001 "Administración Superior" del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", cuyos créditos fueron incorporados al Plan de Inversiones Públicas 1988 por un monto de N$ 2:500.000.00 (nuevos pesos dos millones quinientos mil), N$ 3:034.000.00 (nuevos pesos tres millones treinta y cuatro mil), 
N$ 1:500.000.00 (nuevos pesos un millón quinientos mil) y N$ 
17:777.500.00 (nuevos pesos diecisiete millones setecientos setenta y siete mil quinientos) respectivamente, en la financiación 1.3 "Rentas Generales" por la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987;

   II) Que las mencionadas incorporaciones corresponden a los Proyectos Nos. 715 "Adquisición de Vehículos Verno Oficina de Montevideo" por un monto de N$ 6:000.000.00 (nuevos pesos seis millones) en el Programa 002
"Planificación del Desarrollo y Asesoramiento Presupuestal para el sector público" del Inciso 02 "Presidencia de la República", 950 "Remodelación 
de Puestos" por un monto de N$ 30.000.000.00 (nuevos pesos treinta millones), 760 "Adquisición de vehículos" por un monto de N$ 
30:780.000.00 (nuevos pesos treinta millones setecientos ochenta mil) y 785 "Adquisición de un sistema de procesamiento de datos, análisis, implantación y puesta en marcha, seguimiento y asesoramiento" por un 
monto de N$ 8:000.000.00 (nuevos pesos ocho millones) en el Programa 010 "Regulación de Preciso y Subsidios de los artículos de primera necesidad"
del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", 901 "Adquisición de vehículos automotores" por un monto de N$ 12:000.000.00 (nuevos pesos 
doce millones), 902 "Adquisición de mobiliario y máquinas, equipamiento para oficina" por un monto de N$ 5:000.000.00 (nuevos pesos cinco millones) y 903 "Adquisición de equipos de procesamiento de datos" por un
monto de N$ 2:000.000.00 en el Programa 002 "Servicios para la registración, calificación y contralor de cumplimiento de las empresas nacionales de obras públicas, consultoras y empresas de trabajo y servicios complementarios" del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y 
Obras Públicas".

   Considerando: I) Que tanto las ampliaciones como las incorporaciones 
de financiarían con recursos extrapresupuestales y se hallan incluidas en
los Preventivos presentados;

   II) Que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado sus preventivos a las normas específicas  que les rigen y han cumplido con 
las demás disposiciones que regulan la materia.

   Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del decreto ley 14.416 de 28 de agosto de 1975, y 89° de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, con 
la redacción dada respectivamente, por los artículos 45° y 47° de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, y por el artículo 90° de la ley 15.809 precitada, y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Contaduría General de la Nación y la Asesoría Técnica Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas.

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Amplíanse en el Plan de Inversiones Públicas 1988, los siguientes proyectos de Inversión en un monto total de N$ 89:972.955.00 (nuevos 
pesos ochenta y nueve millones novecientos setenta y dos mil novecientos cincuenta y cinco) a financiarse con recursos extrapresupuestales:

Inc.  Prog.              Unidad Ejecutora              Monto en N$
05    010             010 Dirección Nacional
                      de Comercio y Abastecimiento

                               Proyecto
                         Remodelación edificio
                         calle 25 de Mayo 718             30:000.000.00
                         Máquinas, equipos
                         y mobiliarios N° 725             43:720.000.00
                         Remodelación Local
                         calle Cerro Largo 726            10:000.000.00

                         Unidad Ejecutora
07    001             001 Dirección General
              
                              Proyecto
                     Adquisición de Vehículos 750          6:252.955.00


(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 01/09/1989.

Artículo 2

   Incorpóranse al Plan de Inversiones Pública 1988, los siguientes proyectos de inversión, por un monto total de N$ 93:780.000.00 (nuevos pesos noventa y tres millones setecientos ochenta mil) a financiarse con recursos extrapresupuestales.

Inc.    Prog.           Unidad Ejecutora                 Monto en N$
02      002         005 Dirección de Proyectos 
                    de Desarrollo

                            Proyecto
                    Adquisición de vehículos
                    Vemo Oficina Montevideo N° 715         6:000.000.00   
                        Unidad Ejecutora
05      010         010 Dirección Nacional de
                    Comercio y Abastecimiento

                            Proyecto
                    Remodelación de puestos N° 950         30:000.000.00   
                    Adquisición de vehículos N° 760        30:780.000.00
                    Adquisición de un sistema de
                    procesamiento de datos, análisis,
                    implantación y puesta en marcha,
                    seguimiento y asesoramiento N° 785      8:000.000.00      
                      

Inc.    Prog.             Unidad Ejecutora 
010     002         002 Registro Nacional de empresas
                    de Obras Públicas

                              Proyecto
                    Adquisición vehículos
                    Automotores N° 901                     12:000.000.00
                    Adquisición de mobiliario,
                    máquinas, equipamiento para
                    oficina N° 902                          5:000.000.00
                    Adquisición de equipos de
                    Procesamiento de datos N° 903           2:000.000.00

Artículo 3

   Apruébanse los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1988, presentados por Unidades Ejecutoras de los Incisos 02 "Presidencia de la República", 03 "Ministerio de Defensa Nacional", 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca" y 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" por un monto total de 
N$ 4.564:975.626.00 (nuevos pesos cuatro mil quinientos sesenta y cuatro millones novecientos setenta y cinco mil seiscientos novecientos veintiseis) y OHR 477.903.36 (obligaciones hipotecarias reajustables cuatrocientos setenta y siete mil novecientas tres con treinta y seis) de acuerdo a detalle consignado en el anexo adjunto, que es parte integrante
del presente decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 757/988 de 
09/11/1988.

Artículo 4

   Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 5

  Comuníquese al Tribunal de cuentas de la República, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación, Publíquese, etc.

TARIGO - LUIS MOSCA - HUGO MEDINA - JORGE SANGUINETTI - PEDRO BONINO GARMENDIA
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