Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derógase el artículo 6º del Decreto Nº 711/971 de 28 de octubre de 1971, reglamentario de la Ley Nº 13.833 de 29 de diciembre de 1969 que establece el concepto de "Unidad pesquera nueva" a los efectos de su importación; considerando buque nuevo el navío que tenga como máximo cuatro años de finalizada su construcción.