{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "754" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE MODIFICACION PRESUPUESTAL DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO, EJERCICIO 1979" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/02/23/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/12/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/02/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1978 
  ,"pagina" : 1583 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Fe de erratas publicada/s:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/fe-erratas/SN19790117001-1979/1\" >17/01/1979</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/fe-erratas/SN19790307001-1979/1\" >07/03/1979</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/fe-erratas/SN19790808001-1979/1\" >08/08/1979</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "   Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Montevideo (Intendencia\r\ny Junta de Vecinos) por la cual propone al Poder Ejecutivo modificación\r\npresupuestal para el ejercicio 1979.\r\n\r\n  Resultando: que esta ampliación presupuestal para el año 1979, cuenta\r\ncon la aprobación de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y\r\nDifusión y el acuerdo del Tribunal de Cuentas de la República de fecha 21\r\nde diciembre de 1978.\r\n\r\n  Considerando: I) Que de no recaudarse los recursos previstos, deberán\r\nabatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal;\r\n\r\nII) Lo dispuesto por el artículo 5º, literal c) del acto institucional 3\r\ndel 1º de setiembre de 1976.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y\r\nDifusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas de la República,\r\n\r\n                   El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/754-1978/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase la modificación presupuestal propuesta por la Intendencia\r\nMunicipal de Montevideo (Intendencia y Junta de Vecinos) cuyos montos\r\nquedan fijados en N$ 363:513.550.00 (trescientos sesenta y tres millones\r\nquinientos trece mil quinientos cincuenta nuevos pesos). Los mismos\r\npresentarán la siguiente composición: \r\n\r\n                    Egresos: (en miles de nuevos pesos)\r\n\r\n                                             Vigente        Proyect. 1979\r\n                                             -------        -------------\r\n\r\nRetrib. Pers. y Benefic. y Cargas Sociales   150.197             174.574\r\nGastos de Funcionamiento..................    69.649              89.115\r\nInversiones y financiamiento..............    73.047              95.198\r\nJunta de Vecinos..........................     4.137               4.627\r\n                                             -------        ------------\r\n                                             297.030             363.514\r\n\r\nSuperávit.................................       267                  32\r\n                                             -------        ------------\r\n                                             297.297             363.546\r\n\r\nVigente...................................                       297.297\r\n\r\nAumentos de ingresos en 1979:\r\n\r\nVehiculares...............................    11.576\r\nTerritoriales.............................     9.945\r\nDomiciliarios.............................    20.504\r\nComerciales...............................     3.577\r\nVarios servicios..........................    19.801\r\nAdministración de la propiedad municipal..       846              66.249\r\n                                             -------        ------------\r\n\r\nProyectado 1979...........................                       363.546\r\n                                                            ------------ (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/754-1978#MODIFICACION\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/754-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : " Que de acuerdo a lo dispuesto por el inciso C) del artículo 5º del decreto\r\nconstitucional 3/970, rigen para el personal municipal las mismas normas\r\nsobre Incompatibilidades, Compensaciones, Contrataciones y Acumulaciones\r\nde sueldos vigentes en lo nacional.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/754-1978/3" 
 ,"textoArticulo" : " Los recargos por mora en el pago de tributos, así como la multa con que se\r\nsanciona la misma no superarán los límites dispuesto por el Código\r\nTributario.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/754-1978/4" 
 ,"textoArticulo" : " En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos, deberán\r\nabatirse gastos en forma proporcionada a efectos de mantener el equilibrio\r\npresupuestal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/754-1978/5" 
 ,"textoArticulo" : " La Intendencia Municipal de Montevideo remitirá al Tribunal de Cuentas de\r\nla República, la apertura presupuestal a nivel de Renglón de los Rubros 0\r\ny el detalle del presupuesto de la Junta de Vecinos, así como la\r\ninformación sobre los resultados de la desmunicipalización de AMDET en su\r\nincidencia presupuestal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/754-1978/6" 
 ,"textoArticulo" : " Permanecen en vigencia las disposiciones sobre la materia presupuestal que\r\nno hayan sido expresamente modificadas por la presente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/754-1978/7" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI " 
 }