CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 9 INDUSTRIA DE LA CARNE. SUBGRUPO CONSIGNATARIOS DE GANADO. GRUPO Nº 1 COMERCIO




Promulgación: 11/12/1985
Publicación: 10/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el decreto del Poder Ejecutivo 178/985 del 10 de mayo de 1985.

   Resultando: que por el referido decreto se reagruparon las actividades privadas comprendidas en el régimen de los Consejos de Salarios, incluyéndose en el Grupo 9 "Industria de la Carne", entre otras, la actividad de los Consignatarios de Ganado.

   Considerando: que del análisis de la actividad de los consignatarios de ganado, se desprende como consecuencia lógica la necesidad de reubicar esa
actividad dentro del grupo "Comercio". 

   Atento: a las consultas realizadas con los sectores empresarial y trabajador, y lo dispuesto por los artículos 5º, 6º y 10 y concordantes
de la ley 10.449, de 12 de noviembre de 1943.

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 Trasládase la actividad de los Consignatarios de Ganado del Grupo 9 "Industria de la Carne" al Grupo 1 "Comercio" de la clasificación en grupos de las actividades comprendidas en el decreto 178/985, de 10 mayo de 1985.

Artículo 2

 Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD
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