FIJACION DE UNA FRANQUICIA MINIMA ADICIONAL PARA COMPRAS EN TIENDAS TAX FREE SHOP




Promulgación: 23/02/2021
Publicación: 02/03/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver vigencia:
      Decreto Nº 446/021 de 29/12/2021 artículo 1,
      Decreto Nº 190/021 de 18/06/2021 artículo 1.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la Decisión N° 53/2008 del Consejo del Mercado Común sobre aplicación relativa al régimen de equipaje en el MERCOSUR puesta en vigencia por Decreto N° 139/014, de 19 de mayo de 2014;

   RESULTANDO: que en la referida norma se establece una franquicia mínima adicional para compras en las tiendas libres de impuestos (Tax Free Shops), de llegada;

   CONSIDERANDO: I) que el artículo 14 de la Decisión N° 53/2008 del Consejo del Mercado Común establece una franquicia adicional mínima, lo que confiere la posibilidad de regularla mediante normas internas;

   II) que es necesario armonizar dentro de la región la normativa del régimen de equipaje de pasajeros;

   III) que dada la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19 y la consecuente limitación del ingreso de personas, es necesario generar una adecuación de las condiciones impuestas a las tiendas libres instaladas en aeropuertos;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase en U$S 1.000 (mil dólares de los Estados Unidos de América) la franquicia adicional, establecida en el artículo 14, de la Decisión N° 53/2008 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, puesta en vigencia por el Decreto N° 139/014, de 19 de mayo de 2014, por el plazo de 90 (noventa) días, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente norma.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - FRANCISCO BUSTILLO
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