VISTO: el fallecimiento del señor Presidente de la República Bolivariana
de Venezuela, Comandante Hugo Rafael Chávez Frías;
CONSIDERANDO: I) que dicho fallecimiento enluta no solamente al Estado y
al pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, sino a toda la
comunidad internacional por haberse desempeñado como líder y político de
amplia trayectoria;
II) que corresponde determinar la forma en que la República Oriental del
Uruguay acompañará el duelo provocado por el referido fallecimiento;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Declárase duelo oficial por el fallecimiento del señor Presidente de la
República Bolivariana de Venezuela, Comandante Hugo Rafael Chávez Frías
los días 6, 7 y 8 de marzo de 2013.