El préstamo se hará en efectivo y la amortización del mismo se efectuará
en 20 cuotas mensuales, iguales y consecutivas a descontarse a partir de
la emisión del mes de julio, pagadero en agosto de 2003. La cuota de
amortización en ningún caso podrá ser superior a los aumentos que se
otorguen a las pasividades a partir de la fecha en cuyo caso se
prorrogará el plazo del préstamo otorgado. El préstamo no generará ningún
costo a los pasivos, que solo deberán devolver la suma percibida.-