{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "75" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1992. DIRECCION DE LOTERIAS Y QUINIELAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/05/08/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/02/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/05/1992" 
  ,"vistos" : "   Visto: los preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos\r\nExtrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1992, presentados por la\r\nUnidad Ejecutora 008 \"Dirección de Loterías y Quinielas\" del Programa 008\r\n\"Recaudación de ingresos provenientes de loterías, quinielas y afines\" del\r\nInciso 05 \"Ministerio de Economía y Finanzas\", la cual solicita la\r\nincorporación de proyectos al Plan de Inversiones Públicas de dicho\r\nejercicio.\r\n\r\n  Resultando: que los referidos proyectos se financiarán con recursos\r\nextrapresupuestales y se hallan incluidos en los preventivos presentados.\r\n\r\n  Considerando: que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado sus\r\npreventivos a las normas específicas que les rigen y ha cumplido con las\r\ndemás disposiciones que regulan la materia.\r\n\r\n  Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del decreto ley 14.416 de 28\r\nde agosto de 1975 y 89 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, con la\r\nredacción dada, respectivamente, por los artículos 45 y 47 de la ley\r\n15.903 de 10 de noviembre de 1987 y a lo informado por la Oficina de\r\nPlaneamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación,\r\n\r\n                    El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/75-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Incorpórase al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1992, los\r\nproyectos de inversión siguientes, por un monto total de N$\r\n4.380:306.140,00 (nuevos pesos cuatro mil trescientos ochenta millones\r\ntrescientos seis mil ciento cuarenta), a financiarse con recursos\r\nextrapresupuestales:\r\n\r\nInc. Prog.     Unidad Ejecutora                        Monto en N$\r\n\r\n05   008   008 Dir. de Loterías y Quinielas\r\n\r\n                         PROYECTOS\r\n\r\n                         Maq., equipos y mobiliario\r\n                         Nº 753                        235:000.000\r\n                         Rep. de edificios\r\n                         Nº 953                        165:000.000\r\n                         Ampliac. edificios\r\n                         Nº 976                      1.900:000.000\r\n                         Ampliac. equipo de\r\n                         proc. datos Nº 971            900:000.000\r\n                         Adq. edificios Nº 972       1.180:306.140\r\n\r\n\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/75-1992/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/75-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Apruébanse los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos\r\nPúblicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1992,\r\npresentados por la Unidad Ejecutora 008 \"Dirección de Loterías y\r\nQuinielas\" del Programa 008 \"Recaudación de ingresos provenientes de\r\nloterías, quinielas y afines\" del Inciso 05 \"Ministerio de Economía y\r\nFinanzas\", por un monto total de N$ 26.064:106.140,00 (nuevos pesos\r\nveintiséis mil sesenta y cuatro millones ciento seis mil ciento \r\ncuarenta), de acuerdo a detalle consignado en anexo<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> adjunto que es parte integrantes del presente decreto.  \r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1992/05/08/2\" target=\"_blank\">Nº 75/992</a> de \r\n24/02/1992.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/75-1992/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/75-1992/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Las versiones de fondos que correspondan a Rentas Generales deberán\r\nhacerse trimestralmente y demostrarse en la respectiva rendición de\r\ncuenta.  \r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/75-1992/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/75-1992/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Dése cuenta a la Comisión Permanente. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/75-1992/5" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese al Tribunal de Cuentas, a la Oficina de Planeamiento y\r\nPresupuesto y a la Contaduría General de la Nación, publíquese, etc. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
 }