Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente acuerdo y el 31 de enero de 1987, ningún otro aumento de salarios pordrá ser trasladado a los precios de venta de las mercaderías bienes o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.