ALIMENTOS. PRECIOS. ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD




Promulgación: 10/11/1967
Publicación: 15/11/1967

Resumen:

Adóptase diversas disposiciones referentes al régimen de precios de los artículos de primera necesidad, estableciéndose que en caso de elevarse
los respectivos costos podrán aumentarse los precios de venta únicamente manteniendo el margen proporcional de utilidad líquida.
Derogada/o por: Decreto Nº 840/967 Derogada/o de 21/12/1967 artículo 20.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
      Decreto Nº 210/968 de 16/03/1968,
      Decreto Nº 840/967 Derogada/o de 21/12/1967 artículo 1.

Artículo 11


		
		Ayuda