{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "744" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE DETRACCIONES A LAS EXPORTACIONES DE CUEROS LANARES\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/01/11/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/12/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/01/1979" 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/744-1978?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "    Visto: el decreto 713/978 de fecha 20 de diciembre de 1978.\r\n\r\n   Considerando: la necesidad de adecuar los valores de las detracciones a las exportaciones de cueros lanares.\r\n\r\n   El Presidente de la República \r\n\r\n                               DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/744-1978/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase una detracción de N$ 1.54 (nuevos pesos uno con cincuenta y cuatro centésimos), por cada diez (10) quilogramos para las exportaciones de cueros lanares con excepción de las que se indican en el artículo siguiente. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/744-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase una detracción de N$ 87.35 (nuevos pesos ochenta y siete con treinta y cinco centésimos) por cada diez (10) quilogramos para las exportaciones de cueros lanares secos de la categoría pelusa hasta 1/2 lana inclusive.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/744-1978/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El presente decreto se aplicará a las exportaciones registradas a partir del 6 de noviembre de 1978, inclusive, y en defecto de contrato de cambio a las exportaciones cuyas solicitudes de embarque se presentan a partir de la misma fecha. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/744-1978/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Dese cuenta a la Comisión Permanente del Consejo de Estado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/744-1978/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.- " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - LUIS H. MEYER " 
 }