{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "741" 
  ,"anioNorma" : 1988 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR. TRIBUTOS. PRODUCTOS AGROPECUARIOS. EXPORTACIONES. TEJIDOS DE LANA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1988/11/16/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/11/1988" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/11/1988" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1988 
  ,"pagina" : 816 
  } 
  ,"vistos" : "     Visto: el decreto 53/971 de 28 de enero de 1971;\r\n\r\n    Resultando: que por el mismo se fijó la tasa que deben abonar los\r\nexportadores de los productos tipificados al amparo de lo dispuesto por\r\nla ley 13.268 de 9 de julio de 1964 o por los artículos 79, 80 y 81 de la\r\nLey 13.695 de 24 de octubre de 1968;\r\n\r\n    Considerando: I) Que entre los productos tipificados se encuentran los\r\ntejidos de lana en piezas o en confecciones;\r\n\r\nII) Conveniente que los exportadores de los productos indicados\r\nanteriormente no abonen la tasa establecida por el decreto 53/971;\r\n\r\n    Atento: a lo expuesto;\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/741-1988/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Los exportadores de tejidos de lana en piezas o en confecciones, dejarán\r\nde tributar la tasa establecida por el decreto 53/971 de 28 de enero de\r\n1971.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/741-1988/2" 
 ,"textoArticulo" : "   El presente decreto entrará en vigencia a partir del 1º de diciembre de\r\n1988, aplicándose a las denuncias de exportación que se tramiten en esa\r\nfecha inclusive.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/741-1988/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Dése cuenta a la Asamblea General.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/741-1988/4" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TARIGO - JORGE PRESNO HARAN - RICARDO ZERBINO CAVAJANI\r\n " 
 }