FIJACION DE HORARIOS DE ATENCION AL PUBLICO EN LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 09/12/1985
Publicación: 17/02/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1239
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La atención al público se cumplirá en todos los casos a partir de una
media hora de iniciada la labor y hasta una hora antes del cese de la
misma.
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