AUTORIZACION DEVOLUCION APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL - INDUSTRIA FRIGORIFICA




Promulgación: 22/02/2000
Publicación: 09/03/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 527

Artículo 3

   El Banco de Previsión Social distribuirá el excedente de dicho Fondo en
función de los aportes realizados por los frigoríficos contribuyentes,
estén en actividad o no, actualizados por el Indice de Precios al
Consumo, mediante la acreditación como aportes futuros o cancelación de
adeudos existentes a la fecha.
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