{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "735" 
  ,"anioNorma" : 1986 
  ,"nombreNorma" : "DECLARACIONES DE INTERES NACIONAL. FUNCIONES DE LA UNIDAD ASESORA DE PROMOCION INDUSTRIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1987/05/05/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/11/1986" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/05/1987" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1986 
  ,"pagina" : 635 
  } 
  ,"vistos" : "  Visto: el  decreto ley  14.178 de Promoción Industrial del 28 de marzo\r\nde 1974.\r\n\r\n Considerando: I)  Que de  acuerdo con  el artículo  2º del decreto ley\r\ncitado,  en   materia  de   aplicación  de  las  normas  de  promoción\r\nindustrial, el  Poder Ejecutivo  se encuentra asesorado por una Unidad\r\nAsesora -dependiente  del Ministerio de Industria y Energía- integrada\r\npor tres miembros de reconocida solvencia en la materia;\r\n\r\n II) Que  según sean  las materias que abarque una resolución del Poder\r\nEjecutivo, se  requiere la  firma de  los Ministros involucrados según\r\nsus respectivas competencias;\r\n\r\n III) Que  en tal  caso, y  a los  efectos de  evitar  enlentecimientos\r\ninnecesarios en  la  tramitación  de  las  resoluciones  a  dictar  en\r\naplicación  del   decreto  ley   14.178,  corresponde   establecer  un\r\nprocedimiento de  asesoramiento coordinado al Poder Ejecutivo y a cada\r\nuno de los Ministros intervinientes.\r\n\r\n                     El Presidente de la República,\r\n\r\n                          DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/735-1986/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Los Ministros de Economía y Finanzas, Ganadería, Agricultura y Pesca,\r\nRelaciones Exteriores y Turismo designarán cada uno de ellos un delegado\r\ntitular y un delegado alterno ante la Unidad Asesora de Promoción\r\nIndustrial, que asesorará al Poder Ejecutivo en materia de aplicación del\r\ndecreto ley 14.178 del 28 de marzo de 1974.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/735-1986/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La Unidad Asesora de Promoción Industrial antes de recomendar al Poder\r\nEjecutivo la declaración de Interés Nacional de la actividad de un\r\nproyecto industrial específico, o la modificación de una resolución del\r\nPoder Ejecutivo ya dictada, podrá solicitar la opinión de los delegados\r\ndesignados por los  Ministerios respectivos, que de acuerdo a la materia\r\nde que se trate deban intervenir en el dictado del acto administrativo,\r\nlos que debera expedirse en el plazo de veinte días hábiles.\r\nCuando la Unidad Asesora  de Promoción Industrial estime del caso\r\nrecomendar el otorgamiento de exoneraciones tributarias, la consulta\r\nprevia a los delegados del Ministerio de Economía y Finanzas será\r\npreceptiva, no pudiendo elevarse el proyecto de decreto o resolución a\r\nla consideración del Poder Ejecutivo sin el informe respectivo o en su\r\ncaso, antes de vencido el plazo previsto en el inciso anterior.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/735-1986/3" 
 ,"textoArticulo" : "           Cuando, habiendo sido citados al efecto por la Unidad Asesora\r\nde Promoción  Industrial, los  delegados ministeriales establezcan por\r\nescrito en el expediente que no tienen observaciones que formular a la\r\nrecomendación  de  aquélla,  el  Ministerio  de  Industria  y  Energía\r\nremitirá el proyecto de resolución directamente a los titulares de los\r\nreferidos Ministerios para su firma.\r\nEn tal  caso, solamente podrá darse trámite previo a otras oficinas de\r\nla Secretaría  de Estado requerida, cuando medie resolución expresa en\r\nel expediente, dictada por el titular de la misma.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/735-1986/4" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - ENRIQUE V. IGLESIAS - RICARDO ZERBINO\r\nCAVAJANI - PEDRO BONINO GARMENDIA - ALFREDO SILVERA LIMA\r\n " 
 }