AUTORIZACION A EMBAJADOR A ACEPTAR INVITACION DE LAS NACIONES UNIDAS




Promulgación: 11/12/1979
Publicación: 07/02/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la nota enviada por el señor Embajador don Julio A. Lacarte Muró
en la que informa haber sido invitado por las Naciones Unidas para ejercer
en 1980 la Dirección de la Cooperación Económica entre Países en Desarrollo de la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y
el Desarrollo; 

   Considerando: I) La distinción que significa para la República la invitación mencionada teniendo en cuenta el prestigio del Organismo del
cual emana y la relevancia de las tareas a desempeñar por el Embajador Lacarte Muró; 

   II) Que es de interés para el país el aprovechamiento de la experiencia que el referido funcionario adquirirá en el desempeño de la misión ofrecida, particularmente en razón de su especialización en el campo de la
economía y el comercio internacional; 

  III) lo dispuesto por el artículo 24, inciso c), artículo 25, artículo 28 y artículo 29, inciso c) de la ley 14.206 de 6 de junio de 1974,

   El Presidente de la República 

                               DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase al Embajador señor Julio A. Lacarte Muró a aceptar la invitación que le ha sido formulada por las Naciones Unidas para ejercer 
la Dirección de la Cooperación Económica entre Países en Desarrollo de la
Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo, a cuyo efecto se declara comprendido al referido funcionario en lo dispuesto
por el artículo 24 literal c) de la ley 14.206 de 6 de junio de 1974.

MENDEZ.- ADOLFO FOLLE MARTINEZ
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