Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 233/972 de 23 de marzo de 1972, disponiéndose que los funcionarios pertenecientes a los programas 9.21 al 9.27 del Ministerio de Transporte Comunicaciones y Turismo así como los que presenten funciones en comisión, deberán presentar declaración jurada de su estado patrimonial.