CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. GRUPO N° I. COMERCIO




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 27/06/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Dispónese que en los siguientes ajustes serán libremente trasladables todos los porcentajes acordados en el Convenio anexo de acuerdo a la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa. 
Ayuda