PRORROGA DE EXONERACIONES A LAS IMPORTACIONES DE YERBA MATE




Promulgación: 28/12/1977
Publicación: 11/01/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 1442
     Visto: la gestión iniciada por la Asociación de Importadores y
Mayoristas de Almacén, tendiente a obtener la prórroga del decreto 160/974
de 1º de marzo de 1974, prorrogado por los decreto 483/975, de 30 de mayo
de 1975; 909/975, de 27 de noviembre de 1975; y 68/977, de 2 de febrero de
1977.

     Considerando: que es conveniente mantener las exoneraciones que la
precitada norma otorga a las importaciones de yerba mate canchada o
elaborada procedentes de los países integrantes de la Asociación
Latinoamericana de Libre Comercio, a los efectos de evitar mayores
incrementos de previos en el mercado interno, que se agregarían a los
resultantes de los aumentos de costos de la materia prima en el mercado de
origen.

     Atento: a lo expuesto precedentemente,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1978 la vigencia del decreto
160/974, de 1º de marzo de 1974.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - ALEJANDRO ROVIRA - LUIS H. MEYER
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