Visto: la conveniencia de adecuar la hora legal de forma que permita un
mejor aprovechamiento de los atractivos turísticos nacionales al iniciarse
el verano.
Resultando: que la adecuación de la hora legal a los efectos mencionados
determinará un estímulo de importancia para el desenvolvimiento del
turismo.
Considerando: que compete al Estado la adopción de medidas y pautas que
faciliten el desarrollo del sector,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Adelántese la hora legal en toda la República a partir de la hora cero
del día 14 de diciembre de 1987.
A tal fin, el próximo 13 de diciembre a las 24 horas, los relojes de toda
la República serán adelantados sesenta minutos.
SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - ALBERTO RODRIGUEZ NIN - LUIS MOSCA -
HUGO M. MEDINA - JULIO AGUIAR - JORGE SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - RICARDO LOMBARDO - JOSE VILLAR GOMEZ