CONVENIOS LABORALES. ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO N° 3 BARRACAS DE PRODUCTOS DEL PAIS Y AFINES. SUBGRUPO ESTABLECIMIENTOS DE ELABORACION DE CERDAS




Promulgación: 24/10/1988
Publicación: 05/05/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

   Cuando existan trabajadores no categorizados específicamente en los 
laudos o decretos del presente grupo salarial, su Consejo determinará por vía aclaratoria la categoría a la cual deben asimilarse dichos trabajadores teniendo en cuenta las categorías ya establecidas ene esta rama de actividad.
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