Visto: la gestión promovida por el Comando General de la Armada para la
aprobación del nuevo Reglamento de Actividades de Buceo, sustitutivo del
vigente, aprobado por decreto 889/974 de fecha 12 de noviembre de 1974.
Considerando: que la nueva reglamentación propuesta responde a los
requerimientos cada vez mayores, en opinión de la autoridad competente, a
efectos de posibilitar un control eficiente de la actividad de buceo y de
modo especial, en lo que tiene que ver con los adelantos tecnológicos que
deben exigirse para los equipos que se usen, y los aspectos fundamentales
que conciernen al objetivo esencial, esto es, la protección de la
seguridad de la vida humana en el mar.
Atento: a los fundamentos expuestos,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase el Reglamento de Actividades de Buceo, sustitutivo del aprobado
por decreto 889/974 de fecha 12 de noviembre de 1974 el que quedará
redactado de la siguiente manera: (*)