{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "712" 
  ,"anioNorma" : 1971 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR. CARNE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1971/11/05/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/10/1971" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/11/1971" 
  , "vistos" : " Prorrógase el plazo acordado por el Decreto Nº 443/971 para que las \r\nempresas autorizadas por el Ministerio de Industria y Comercio puedan exportar descarnes de cueros bovinos, pickelados o wet blue, autorizando\r\na la mencionada Secretaría de Estado a dejar sin efecto la prohibición de exportación establecida por el art. 1º del Decreto Nº 443/971, condicionarlas o reestablecerla, prorrogar el plazo o suspender la prórroga cuando lo estime necesario. " 
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