{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "710" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "INCORPORACION DE FUNCIONARIA AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, PROVENIENTE DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/12/28/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "21/12/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/12/1977" 
  ,"vistos" : "    Visto: estas actuaciones relativas a la incorporación al Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección General Impositiva, de la funcionaria de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP), señora Ana María Suárez de Iglesias.\r\n\r\n   Resultando: que dicha funcionaria fue redistribuída a la oficina en que presta servicios, por lo que se solicita su incorporación definitiva.\r\n\r\n   Considerando: que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 14 del Acto Institucional N.o 7 y artículo 12 del decreto 550/977 de 4 de octubre de 1977 en cuanto al previo acuerdo de la Unidad Ejecutora de origen y la de destino del funcionario a incorporar.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto.\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/710-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Incorpórase al Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección General Impositiva, a la funcionaria del Ministerio de Industria y Energía (ANCAP), señora Ana María Suárez de Iglesias, Ayudante de Contador, Escala II, Grado 19, 8 horas, con la remuneración que percibe en su oficina de origen. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/710-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas adoptará las providencias necesarias para la inclusión inmediata en sus planillas presupuestales de la funcionaria incorporada. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/710-1977/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas solicitará al Ministerio de Industria y Energía, certificación de la remuneración que percibe la funcionaria incorporada. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/710-1977/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Una vez incorporada la funcionaria en las planillas presupuestales la Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas comunicará a su similar de Industria y Energía, la inclusión y fecha de la misma, a partir de la cual dará de baja a la funcionaria, al cargo y a las partidas correspondientes no pudiendo proceder en tal sentido hasta tanto no reciba la referida comunicación. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/710-1977/5" 
 ,"textoArticulo" : "    La Contaduría General de la Nación y la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, procederán a efectuar los ajustes presupuestales que correspondan. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/710-1977/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, pase a sus efectos a la Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas y archívese. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - LUIS H. MEYER " 
 }