COMERCIO EXTERIOR. LANAS SUCIAS




Promulgación: 01/11/1972
Publicación: 08/11/1972

Resumen:

Prohíbese a partir de la fecha la exportación de lanas sucias y desbordadas con excepción de las que correspondan a contratos de cambio referidos a lanas sucias de la zafra actual registrados hasta la fecha inclusive.
Derogada/o por: Decreto Nº 801/973 de 21/09/1973 artículo 7.


		
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