FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. GASODUCTO CRUZ DEL SUR S.A. ENERO 2021




Promulgación: 18/02/2021
Publicación: 26/02/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: que corresponde aprobar con vigencia al 10 de enero de 2021 el ajuste de las tarifas por los servicios suministrados por la empresa GASODUCTO CRUZ DEL SUR S.A., de transporte firme e ininterrumpidamente de gas;

   RESULTANDO: I) que conforme a lo establecido en el Anexo "C3" del contrato de concesión celebrado el día 22 de marzo de 1999 entre el Estado y la empresa GASODUCTO CRUZ DEL SUR S.A., dichos ajustes son determinados en base a la variación ocurrida en el valor del Índice de Precios del Productor (PPI) publicado periódicamente por la Oficina de Estadísticas del Trabajo de los Estados Unidos de América (valor preliminar noviembre de 2020 = 194.5);

   II) que corresponde también el ajuste de la tarifa interrumpible presentada por GASODUCTO CRUZ DEL SUR S.A. de acuerdo a lo previsto en el programa de tarifas máximas para los servicios interrumpibles y su paramétrica de ajuste, que fuera aprobada por el Decreto N° 139/020 de 30 de abril de 2020;

   CONSIDERANDO: que las actuaciones tarifarias fueron analizadas por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua y la Dirección Nacional de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

   ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el artículo 51 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse con vigencia al 10 de enero de 2021, las tarifas por los servicios suministrados por la empresa GASODUCTO CRUZ DEL SUR S.A., por transporte firme e ininterrumpidamente de gas, que se consignan en el cuadro adjunto como Anexo  y que forma parte de este Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 70/021 de 
18/02/2021.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE
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