REGLAMENTACION DE LA PENSION A LAS VICTIMAS DE DELITOS VIOLENTOS




Promulgación: 22/02/2013
Publicación: 13/03/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 368
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.039 de 28/12/2012.

Artículo 9

 (Atribuciones de la Administración) La reglamentación a dictarse por el
Banco de Previsión Social establecerá el modo y la frecuencia con la que
se verificarán y controlarán los requisitos referidos en el Artículo 19°
de la Ley N° 19.039 de 28 de diciembre de 2012.
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