REGLAMENTACION DEL ART. 120 DE LA LEY 18.834. APROBACION DE COMPROMISO DE GESTION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR PARA LOS RESPONSABLES DE LAS UNIDADES DE INTERNACION PARA PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD. ENERO Y DICIEMBRE 2020




Promulgación: 08/01/2021
Publicación: 18/01/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 120.
   VISTO: las disposiciones establecidas por el artículo 120 de la Ley N.° 18.834 de fecha 4 de noviembre de 2011, modificado por el artículo 101 de la Ley N° 18.996 de fecha 7 de noviembre de 2012, artículos 57 y siguientes de la Ley N.° 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013 y Decreto 163/014 de fecha 4 de junio de 2014.

   RESULTANDO: I) que el precitado marco normativo dispuso, en primer lugar la creación de una compensación económica mensual en el Ministerio del Interior por "Compromisos de Gestión" y en segundo lugar se otorgó autorización para abonar una compensación extraordinaria a los Encargados de las distintas Unidades de Internación para Personas Privadas de Libertad.

   II) que se anexa como parte integrante del presente Decreto, el informe sobre las metas comprometidas por el Ministerio del Interior para el período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2020 elaborado por el Área de Gestión y Seguimiento Presupuestal de dicha Secretaría de Estado y validado por la Comisión de Compromisos de Gestión.

   CONSIDERANDO: I) que las propuestas fueron avaladas por la Comisión de Compromisos de Gestión integrada por el Ministerio de Economía y Finanzas, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con fecha 23 de noviembre de 2020.

   II) que corresponde aprobar el Compromiso de Gestión propuesto por el Ministerio del Interior para los Responsables de las distintas Unidades de Internación para Personas Privadas de Libertad, por el período comprendido entre los meses de enero a diciembre 2020.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República Oriental del Uruguay, por el artículo 120 de la Ley N.° 18.834 de fecha 4 de noviembre de 2011, modificado por el artículo 101 de la Ley N° 18.996 de fecha 7 de noviembre de 2012, artículos 57 y siguientes de la Ley N.° 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013 y Decreto 163/014 de fecha 4 de junio de 2014.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

   APRUÉBASE el Compromiso de Gestión propuesto por el Ministerio del Interior para los Responsables de las Unidades de Internación para Personas Privadas de Libertad, para el período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2020 que luce agregado en Anexo (*) y se 
considera parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

   PUBLÍQUESE, comuníquese, oportunamente, archívese.

   LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA - AZUCENA ARBELECHE
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