{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "7" 
  ,"anioNorma" : 1997 
  ,"nombreNorma" : "FUNCIONES DE LA DIRECCION DE ASUNTOS LIMITROFES  \r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1997/01/21/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/01/1997" 
  ,"fechaPublicacion" : "21/01/1997" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1997 
  ,"pagina" : 53 
  } 
  ,"vistos" : "  Visto: Lo dispuesto por el Decreto Nº 27/96 de fecha 6 de febrero de\r\n1996;\r\n\r\n Resultando: I) que por el Decreto mencionado en el \"VISTO\" de la\r\npresente Resolución se establecen los fines y cometidos del Ministerio de\r\nRelaciones Exteriores.\r\n\r\n II) que el Artículo Nº 82 del mencionado Decreto, establecen las\r\ncompetencias de la Dirección de Asuntos Limítrofes;\r\n\r\n III) que se hace necesario delimitar las funciones de la referida\r\nDirección;\r\n\r\n Atento: a lo dispuesto precedentemente;\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/7-1997/1" 
 ,"textoArticulo" : "    La Dirección de Asuntos Limítrofes, convocará a reuniones periódicas\r\ncon las Delegaciones Uruguayas en las Comisiones Mixtas Internacionales, o\r\ncon sus Presidentes, a los fines de evaluación, planificación y\r\ncoordinación de sus actividades con vistas a armonizar una política común.\r\nA esos fines, las mencionadas Delegaciones enviarán informes periódicos (o\r\ntrimestrales) de sus actividades a la Dirección de Asuntos Limítrofes, o\r\ncuando ésta lo solicite.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/7-1997/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Las Delegaciones Uruguayas en las Comisiones Mixtas Internacionales\r\nconsultarán a la Dirección de Asuntos Limítrofes, (cuando lo estimen\r\npertinente) sobre toda cuestión que se refiera a temas de política general\r\ndel país o temas que afecten las respectivas relaciones bilaterales en su\r\ncontexto general. La Dirección de Asuntos Limítrofes emitirá su opinión y\r\nla elevará a la Dirección General para Asuntos Políticos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/7-1997/3" 
 ,"textoArticulo" : "            La Dirección General para Asuntos Políticos asignará a la\r\nDirección de Asuntos Limítrofes, el tratamiento de todas las cuestiones\r\nrelacionadas con los límites marítimos de la República y los temas de\r\nDerecho del Mar, incluyendo las reuniones internacionales sobre esta\r\nmateria y la participación de la República en las mismas. A esos efectos,\r\nla Dirección de Asuntos Limítrofes, realizará los análisis y estudios\r\npertinentes, recepcionará la información relativa a dichos temas, hará\r\nlas recomendaciones y preparará las instrucciones que correspondan,\r\nelevándolas a la Dirección General para Asuntos Políticos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/7-1997/4" 
 ,"textoArticulo" : "            La Dirección General para Asuntos Políticos podrá asignar a\r\nla Dirección de Asuntos Limítrofes, el tratamiento de la temática de la\r\nCuenca del Plata. En ese caso y a esos efectos, la Dirección de Asuntos\r\nLimítrofes, realizará los análisis y estudios pertinentes, recepcionará\r\nla información respectiva, hará las recomendaciones y preparará las\r\ninstrucciones que correspondan, elevándolas previamente a la Dirección\r\nGeneral para Asuntos Políticos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/7-1997/5" 
 ,"textoArticulo" : "            De acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 337/994 de 19 de\r\njulio de 1994, las solicitudes para la autorización de visita de buques de\r\nguerra extranjeros a puertos uruguayos se formularán por Nota Verbal de la\r\nMisión Diplomática a la que el buque pertenezca, presentada a la Dirección\r\nde Asuntos Limítrofes dentro de los plazos indicados en el mencionado\r\nDecreto y conteniendo la información que el mismo Decreto requiere.\r\n La Dirección de Asuntos Limítrofes dará trámite a la Nota Verbal, y\r\nprevio las consultas pertinentes, enviará Nota Verbal de respuesta a\r\nla Misión Diplomática solicitante.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/7-1997/6" 
 ,"textoArticulo" : "            La Dirección de Asuntos Limítrofes recepcionará las solicitudes\r\nformuladas por Estados y Organismos Internacionales para realizar\r\nactividades de investigación científica marina en zonas sujetas a la\r\njurisdicción nacional, sin perjuicio de las disposiciones especiales del\r\nTratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo en la materia.\r\n La respectiva solicitud se remitirá en consulta a la Comisión Asesora\r\ncreada por Decreto de 23 de agosto de 1994 y con las recomendaciones de\r\nésta, el expediente se elevará a la Dirección General para Asuntos\r\nPolíticos para decisión del señor Ministro, la cual será comunicada al\r\nEstado o a la organización solicitante por intermedio de la Dirección de\r\nAsuntos Limítrofes.\r\n Esta, asimismo, expedirá el respectivo documento de consentimiento y\r\nefectuará las notificaciones pertinentes a los Organismos Nacionales\r\ninvolucrados.\r\n Las condiciones y plazos exigidos para la realización de actividades de\r\ninvestigación científica marina en zonas de jurisdicción nacional serán\r\nconformes con las disposiciones establecidas al respecto por la Convención\r\nde las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/7-1997/7" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - ALVARO RAMOS\r\n " 
 }