Visto: el decreto de fecha 1º de noviembre de 1994.-
Resultando: que en su artículo 4º se padeció error, ya que donde dice
"Cámara Nacional de Productos del País" debe decir "Cámara Mercantil de
Productos del País".-
Considerando: que corresponde modificar el artículo mencionado.-
Atento: a lo expuesto.-
El presidente de la Republica
DECRETA:
Modifícase el artículo 4º del Decreto de fecha 1º de noviembre de 1994,
estableciendo que en donde dice "Cámara Nacional de Productos del País",
debe decir "Cámara Mercantil de Productos del País".