Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 15
El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo
adecuaciones de los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1
"Cargas Legales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" con el fin de
ajustar las retribuciones de su personal, en períodos no menores de 3
meses ni mayores de 4. Para ello, se tendrá en cuenta la variación del
Indice de Precios al Consumo confeccionado por la Dirección General de
Estadística y Censos y sus disponibilidades financieras.
Aprobada la adecuación de rubros por el Poder Ejecutivo, previo
asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los
antecedentes se remitirán al Tribunal de Cuentas para su conocimiento.