{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "697" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "PRORROGA DE EXONERACION TRIBUTARIA A LAS IMPORTACIONES DE MAQUINARIAS DESTINADAS A LA INDUSTRIA DEL CALZADO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/09/25/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/09/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/09/1975" 
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  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 684 
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  ,"vistos" : "                            AÑO DE LA ORIENTALIDAD\r\n\r\nVisto: las gestiones tendientes a obtener prórroga de la vigencia del\r\ndecreto 586/972 de 17 de agosto de 1971, prorrogado por el 637/974 de 8 de\r\nagosto de 1974, por el cual se estableció un régimen de exoneración de\r\ntributos para la importación de bienes de capital destinados a la\r\nterminación de cueros curtidos con destino a las fábricas de calzado.\r\n\r\nResultando: I) Que dicho régimen ha permitido la adecuación de la\r\nindustria curtidora para atener la mayor demanda de cueros terminados\r\ndestinados a las fábricas de calzado;\r\n\r\nII) Que existen equipos y maquinarias en trámite de importación y otras\r\nque todavía no han llegado al país contando con autorización ya\r\nconcedidas.\r\n\r\nConsiderando: que dado que los decretos promocionales relacionados con el\r\ncalzado, textiles, vestimentas y otros, fueron prorrogados hasta el 31 de\r\ndiciembre de 1975, es coherente prorrogar también el decreto 586/972 hasta\r\ndicha fecha, para analizar en forma conjunta el futuro de estos decretos\r\npromocionales.\r\n\r\nDe conformidad: con lo informado por la Subdirección de Promoción y\r\nDesarrollo.\r\n\r\nAtento: a lo expuesto,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/697-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1975 la vigencia del decreto\r\n586/972 de 17 de agosto de 1972 prorrogado por el 637/974 de 8 de agosto\r\nde 1974. " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : " Dése cuenta al Consejo de Estado.\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : "    BORDABERRY - ADOLFO CARDOSO GUANI - JUAN CARLOS BLANCO - VALENTIN\r\nARISMENDI " 
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