{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "693" 
  ,"anioNorma" : 1986 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 1986" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1987/04/22/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/10/1986" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/04/1987" 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/693-1986?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "  Visto: el proyecto de presupuesto de la Dirección General de Casinos correspondiente al Ejercicio 1986.\r\n\r\n Considerando: I) Que el trámite de este presupuesto se rige por lo dispuesto por el artículo 3º de la ley 13.921, de fecha 30 de noviembre de 1970;\r\n\r\n II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.\r\n\r\n Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                            \r\n\r\n                              DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/693-1986/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase el presupuesto de la Dirección General de Casinos a regir desde el 1º de enero de 1986, de acuerdo con los montos que se detallan a continuación:\r\n\r\n  I) Presupuesto Operativo\r\n\r\nRubro         Denominación                         N$            NS\r\n                                                   __            __\r\n  \r\n0        Retribuciones de serv. per.                         797:646.248          021321   Sueldos Básicos asimilados al \r\n         escalafón civil                      252:322.874\r\n021323   Dedicación total                       5:200.000\r\n029321   Sueldo anual complementario           61:357.404\r\n061301   Trabajo en horas extras                3:200.000\r\n061321   Retribución adicional personal\r\n         contratado                            30:657.946\r\n061324   Com. por func. distintas a las\r\n         del cargo                              1:090.122\r\n062309   Comp con cargo a otras \r\n         financiaciones                       366:607.780\r\n062328   Prima por antigüedad                  17:710.696\r\n077      Quebranto de caja                      7:818.300\r\n081021   Adelanto de cuenta                     4:046.400\r\n082021   Aumento abril 1985                    47:604.456\r\n091      Retribuciones civiles ejercicios\r\n         anteriores                                30.270\r\n                                                  ________ \r\n                                                  ________\r\n\r\n\r\n1        Cargas Legales sobre Servicios \r\n         Personales                                          180:423.400\r\n1.1.1    Aporte patronal a la Seguridad \r\n         Social                                169:146.937      \r\n\r\nRubro         Denominación                         N$            N$\r\n                                                   __            __\r\n \r\n1.2.3    Aporte patronal al Fondo Nacional\r\n         de Vivienda                            11:276.463\r\n                                                __________\r\n\r\n\r\n2        Materiales y Suministros                             41:957.000\r\n3        Servicios no Personales                49:520.000\r\n4        Máq. Equipo y Mobiliario                  100.000\r\n7        Subsidios y otras Transferencias                  1.497:185.324\r\n7.3.4.   A Gobiernos Departamentales           585:896.500\r\n7.3.5.   A Gobierno Central                    878:844.750\r\n7.5.1    Prima por Matrimonio                      254.510\r\n7.5.2    Prima por Hogar Const.                 21:252.834\r\n7.5.3.   Prima por Nacimiento                      372.030\r\n7.5.4.   Prestaciones por hijos                 10:479.700\r\n7.9.2    Tributos Municipales                       85.000\r\n                                               ____________\r\n    \r\n9        Asignaciones Globales                                 2:400.000\r\n         Reserva art. 3º                                     162:749.028\r\n         Total Presupuesto Operativo                       2.731:981.000\r\n                                                           ______________\r\n                                                           ______________ \r\n\r\n   Los rubros 0 \"Retribución de Servicios Personales\", 1 \"Cargas Legales sobre Servicios Personales\" y 7 \"Subsidios y otras Transferencias\" contienen el aumento salarial otorgado por el Poder Ejecutivo a partir del 1º de julio de 1986.\r\n\r\n  II) Presupuesto de Inversiones\r\n\r\nRubro         Denominación              N$             N$\r\n                                        __             __\r\n   \r\n2        Materiales y suministros     7:623.000  \r\n4        Máq. Equipos y Mobiliario\r\n         Nuevo                      218:916.000\r\n6        Construcciones, Mejoras y\r\n         Repar. Extraordinarias      41:480.000\r\n                                    ____________ \r\n            Total                   268:019.000 \r\n                                   _____________ \r\n                                   _____________\r\n\r\n   La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\"\r\nBORDER=0> que se adjuntan que forman\r\nparte integrante de este decreto. \r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1987/04/22/5\" target=\"_blank\">Nº 693/986</a> de \r\n29/10/1986.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/693-1986/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera pertenecientes al Presupuesto de Inversiones están estimadas a la cotización de N$ 160,00 (nuevos pesos ciento sesenta) por dólar de los Estados Unidos de América, y se ajustarán automáticamente al tipo de cambio vendedor al momento de la ejecución.\r\n   Las partidas en moneda nacional correspondientes al Presupuesto de Inversiones están expresadas a precios corrientes de 1986. " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/693-1986/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/693-1986/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el decreto 84/984, de 1º de marzo de 1984 y modificativos, excepto lo concerniente a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, entre\r\nrubros de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre componente\r\nnacional e importado para las que sólo se requerirá la autorización del Jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10 días subsiguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien deberá en igual plazo comunicar al Tribunal de Cuentas de la República. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/693-1986/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase a la Dirección General de Casinos a proporcionar vivienda u hospedaje en el interior del País a los respectivos Gerentes de Casinos y Salas de Esparcimiento. A tales efectos la mencionada Dirección General, podrá previo a los trámites pertinentes, celebrar contratos de comodato, arrendamiento u hospedaje. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/693-1986/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Dése cuenta a la Asamblea General. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/693-1986/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.-\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI " 
 }