PESAS Y MEDIDAS. SISTEMA DE UNIDADES DE MEDIDA DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY




Promulgación: 19/10/1988
Publicación: 03/11/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 798
   Visto: estos antecedentes relacionados con la actualización de las
definiciones técnicas del metro y la candela, en base a las definiciones
adoptadas por al Conferencia General de Pesas y Medidas de las 16a. y 17a.
Reuniones.

   Resultando: I) Que en las mencionadas reuniones se modificaron las
definiciones de dichas medidas que son dos de las siete designadas básicas
del Sistema Internacional de Unidades (SI), refiriéndose el metro a la
longitud y la candela a la intensidad luminosa;

II) Que con esas nuevas definiciones el Sistema de Unidades de Medida de
la República Oriental del Uruguay, adoptado por el decreto-ley 15.298 de 7
de julio de 1982, quedará actualizado y en concordancia con el Sistema
Internacional de Unidades (SI) recomendado por la Conferencia General de
Pesas y Medidas.

   Considerando: que el Poder Ejecutivo, dando cuenta a la Asamblea
General, se encuentra facultado para adoptar tales definiciones técnicas
de acuerdo con la interpretación legislativa y la autorización dada por el
artículo 163 de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987.

   Atento: a lo informado por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay y
Dirección Nacional de Metrología Legal y lo dictaminado por la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Industria y Energía,

                      El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyense las definiciones de la candela y el metro del Sistema de
Unidades de Medidas de la República Oriental del Uruguay, adoptado por el
decreto-ley 15.298 de 7 de julio de 1982, por las aprobadas en la 16a. y
17a. Reuniones de la Conferencia General de Pesas y Medidas:
   "La candela: es la intensidad luminosa de una fuente que emite una
radiación monocromática con una frecuencia de 540 x 1012 hertz en una
dirección determinada y cuya intensidad energética en esa dirección es de
1/683 Watt por estereorradián. El metro: es la longitud del trayecto
recorrido por la luz en el vacío durante un intervalo de tiempo de
1/299.792.4 º de segundo".

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 23/05/1989.

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN
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