VISTO: los Decretos Nros. 23/999 y 25/999, ambos de 26 de enero de
1999.-
RESULTANDO: que por los mismos se dispuso no aumentar los créditos
presupuestales de funcionamiento e inversiones de los Incisos 02 al 27
del Presupuesto Nacional y se establecen restricciones a los gastos de
funcionamiento, suministros e inversiones para el presente ejercicio, a
fin de disminuir la incidencia del gasto público en la economía nacional
y mantener el equilibrio presupuestal.-
CONSIDERANDO: que se entiende necesario dentro del marco de
profundización de la actual política de gestión financiera, establecer
determinadas prohibiciones en la ejecución del gasto público.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, actuando en Consejo de Ministros,
DECRETA:
Prohíbese hasta la finalización del actual período de gobierno, toda
renovación del parque automotriz de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto
Nacional, que implique costo de caja en cualquier fuente de
financiamiento.
Exhórtase a los Organismos comprendidos en el artículo 220º de la
Constitución de la República, a los Entes Autónomos y Servicios
Descentralizados del Estado, y a los Gobiernos Departamentales a adoptar
disposiciones similares a las del presente Decreto.-
SANGUINETTI - GUILLERMO STIRLING - DIDIER OPERTTI - LUIS MOSCA - JUAN
LUIS STORACE - YAMANDU FAU - LUCIO CACERES - JULIO HERRERA - ANA LIA
PIÑEYRUA - GUSTAVO AMEN - SERGIO CHIESA - BENITO STERN - JUAN CHIRUCHI