MODIFICACION DE LOS ARANCELES ADUANEROS DEL "FOSFORO LUMINOFORO"




Promulgación: 06/12/1978
Publicación: 28/12/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1240
Visto: la gestión promovida por General Electric S.A., tendiente a que se
incluya en la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas, el Fósforo
luminóforo (compuesto constituido por fosfato de calcio, fluoruro de
calcio, óxido de calcio, óxido de antimonio y fosfato de manganeso)
utilizado en la fabricación de lámparas de iluminación fluorescentes.

Resultando: que los informes producidos por la Dirección Nacional de
Industrias y las oficinas técnicas especializadas de la Dirección Nacional
de Aduanas, son favorables a dicha inclusión.

Considerando: que la ley 14.629, de 5 de enero de 1977, en su artículo
23º, eliminó la Sección Materias primas de la Tarifa de Aduanas, por lo
que corresponde la modificación de los Aranceles de Aduana, en base a lo
propuesto por el Cuerpo Permanente de la Junta de Aranceles, de acuerdo a
lo establecido por la ley 13.318, de 26 de diciembre de 1964, artículos
262º, inciso A) y 265º.

Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Industrias, la
Dirección Nacional de Aduanas y las Asesorías Económico-Financiera y
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Modifícanse los Aranceles de Aduana en el Item 32.07.02.03, el que quedará
redactado de la manera siguiente:

 "32.07.02.03 Mezclas constituidas por fosfatos de calcio, óxido de
calcio, fluoruro de calcio, óxido de antimonio, fosfato de manganeso, con
o sin borato de cadmio, destinado al revestimiento interior de lámparas
fluorescentes, IMADUNI 10%; TMB 2%".

Artículo 2

El control de destino establecido, estará a cargo de la Dirección Nacional
de Industrias del Ministerio de Industria y Energía.

Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.

  MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - LUIS H. MEYER
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