CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 38 CEMENTO CERAMICA ROJA REFRACTARIA Y BLANCA. SUBGRUPO CERAMICA BLANCA ITEM INDUSTRIAL




Promulgación: 29/01/1986
Publicación: 10/03/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Establécese que los trabajadores que no recibieran incremento 
salarial, por percibir remuneraciones superiores a los mínimos acordados, percibirán un aumento general del 18%, sobre los salarios vigentes al 30 de setiembre de 1985.
Ayuda