{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "679" 
  ,"anioNorma" : 1974 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE ATRASO DE HORA LEGAL A PARTIR DE SETIEMBRE DE 1974" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1974/09/04/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/08/1974" 
  ,"fechaPublicacion" : "04/09/1974" 
  ,"vistos" : " Fíjanse los nuevos horarios para todos los organismos públicos y se \r\natrasa la hora legal de la República en treinta minutos a partir de la \r\nhora cero del 1º de setiembre de 1974. Deróganse los artículos 2 y 9 del Decreto Nº 374/974 de fecha 10 de mayo de 1974 que sustituía el horario vigente en las Oficinas de la Administración Central, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados e Intendencias y facultaba a los Ministros, Secretarios de Estado, Directores e Intendentes el otorgamiento de \r\nhorarios especiales, reducción de la jornada para contemplar la doble ocupación, etc. " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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