Visto: lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento Orgánico de la
Dirección Nacional de Aduanas, decreto 758/975, de 9 de octubre de 1975.
Resultando: que la Dirección Nacional de Aduanas ha elevado un proyecto
reglamentando el funcionamiento del Instituto de Capacitación Aduanera.
Considerando: que la presente Reglamentación regula las competencias y
el funcionamiento del referido Instituto en lo relativo a personal
docente, alumnos, cursos y exámenes.
Atento: a lo informado por las Asesorías Económico-Financiera y
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el siguiente Reglamento Interno del Instituto de Capacitación
Aduanera: (*)