{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "677" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "CONFIRMACION DE CARGOS INTERINOS EN EL CONSEJO DEL NIÑO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/12/19/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/12/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "19/12/1977" 
  ,"vistos" : "    Visto: la imperiosa necesidad de proceder a efectuar una reorganización del Consejo del Niño, debido a las carencias de personal existentes, agravada por las recientes renuncias y bajas provenientes de la aplicación del Acto Institucional N.o 7, y el aumento constante de población infantil sometida a ese organismo.\r\n\r\n   Resultando: I) Que en el citado Organismo se procedió a efectuar el último ascenso en el año 1975;\r\n\r\n   II) Que para proceder a efectuar nuevas promociones deben realizarse pruebas de aptitud previstas por los Decretos vigentes;\r\n\r\n   III) De acuerdo a lo establecido por el artículo 2.o, de la ley 11.368, de 17 de noviembre de 1949 se han efectuado nombramientos con carácter interino los cuales datan de varios años y dificultan en la actualidad el proceso de ascenso respectivo;\r\n\r\n   IV) Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 316 de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967, se establece la necesidad de ingreso de personal al organismo mediante concurso.\r\n\r\n   Considerando: I) Que se debe urgir una rápida solución en pro de la atención integral del menor, único beneficiario de esta organización y al cual no puede postergarse por trámite administrativo, dada la urgencia de la situación actual;\r\n\r\n   II) Que el Ministerio de Educación y Cultura para cumplir con los objetivos trazados e impuestos por normas legales vigentes necesita de rápidos procedimientos para dotar del personal necesario.\r\n\r\n   III) Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 5.o del decreto 150 de 15 de marzo de 1977 debe recabarse informes al Registro General de Sumarios Administrativos, pero en virtud de que las personas a designar no poseen en su mayoría la calidad de funcionarios públicos, y a los efectos de agilitar el trámite de designación, sería conveniente solicitar la excepción del cumplimiento del citado decreto.\r\n\r\n   Atento: a lo antes expuesto y a las necesidades del servicio,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/677-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Confírmase los interinatos pendientes a la fecha proyectados mediante el artículo 2.o de la ley 10.368 de 17 de noviembre de 1949. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/677-1977/5\" >5</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/677-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Exonérese las pruebas propuestas por el decreto 903/973, de 24 de octubre de 1973, para efectuar los ascensos respectivos. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/677-1977/5\" >5</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/677-1977/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Efectúese los ascensos respectivos de acuerdo a la nota de mérito, del ejercicio vigente o del anterior. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/677-1977/5\" >5</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/677-1977/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase al Ministerio de Educación y Cultura a los efectos de seleccionar el personal a designar y exceptúase el cumplimiento del artículo 5.o del decreto 150 de 15 de marzo de 1977. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/677-1977/5\" >5</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/677-1977/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Lo dispuesto en los numerales anteriores regirá con carácter de transitoriedad durante el período que dure la aplicación de lo dispuesto por el decreto de fecha 14 de octubre de 1977. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/677-1977/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese al Consejo del Niño, Oficina Nacional del Servicio Civil, Contaduría General de la Nación y cumplido, archívese. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   MENDEZ - DANIEL DARRACQ " 
 }