CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 13 AGENCIAS DE QUINIELAS Y BANCAS DE CUBIERTA DEL INTERIOR. BANCAS DE CUBIERTA DE QUINIELA




Promulgación: 27/11/1985
Publicación: 02/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Los salarios establecidos para cada categoría son los correspondientes a 44 horas semanales de trabajo. En aquéllos casos en que el empleado se desempeñase en horario semanal menor a las 44 horas, su salario se establecerá prorrateando el indicado para el número de horas antes dicho.
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