COMISION NACIONAL DE AEROPUERTOS. FUNCIONARIOS




Promulgación: 30/12/1969
Publicación: 12/01/1970

Resumen:

Fíjanse las condiciones que deberán reunir los funcionarios de la Comisión Nacional de Aeropuertos para recibir las compensaciones dispuestas por el artículo 54 de la Ley Nº 13.737 de fecha 9 de enero de 1969.

Artículo 1



		
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