{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "671" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "INCORPORACION DE FUNCIONARIA A LA CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, PROVENIENTE DEL PODER LEGISLATIVO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/12/19/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/12/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "19/12/1977" 
  ,"vistos" : " Visto: estas actuaciones relativas a la incorporación al Ministerio de Economía y Finanzas, Contaduría General de la Nación, de la funcionaria del Poder Legislativo, señora Dora Wagner Menéndez de Canessa.\r\n\r\n   Resultando: que dicha funcionaria fue redistribuida a la oficina en que presta servicios, de acuerdo con el decreto 1.055/973, de fecha 13 de diciembre de 1973.\r\n\r\n   Considerando: que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 14 del Acto Institucional N.o 7 y artículo 12 del decreto 550/977, de 4 de octubre de 1977, en cuanto al previo acuerdo de la Unidad Ejecutora de origen y la de destino del funcionario a incorporar.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/671-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : " Incorpórase al Ministerio de Economía y Finanzas, Contaduría General de la Nación, a la funcionaria del Inciso 1, Poder Legislativo, señora Dora Wagner Menéndez de Canessa, Escalafón Ab, Grado E1, con la remuneración que percibe en su oficina de origen. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/671-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : " La Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas, adoptará las providencias necesarias para la inclusión inmediata en sus planillas presupuestales de la funcionaria incorporada. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/671-1977/3" 
 ,"textoArticulo" : " La Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas, solicitará a la Dirección de los Servicios Administrativos del Palacio Legislativo, certificación de la remuneración que percibe la funcionaria incorporada. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/671-1977/4" 
 ,"textoArticulo" : " Una vez incorporada la funcionaria en las planillas presupuestales, la Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas, comunicará a su similar del Poder Legislativo, la inclusión y fecha de la misma, a partir de la cual dará de baja a la funcionaria al cargo y a las partidas correspondientes, no pudiendo proceder en tal sentido hasta tanto no reciba la referida comunicación. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/671-1977/5" 
 ,"textoArticulo" : " La Contaduría General de la Nación y la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, procederán a efectuar los ajustes presupuestales que correspondan. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/671-1977/6" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, pase a sus efectos a la Contaduría Central del Ministerio de Economía y Finanzas y archívese. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA " 
 }