APROBACION DE LA REGLAMENTACION DE EMPRESAS DE TRABAJOS DE CONTROL DE INSECTOS Y/O ROEDORES EN CUANTO A HIGIENE Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES Y USUARIOS DE SUS SERVICIOS




Promulgación: 05/12/1980
Publicación: 02/01/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1414

Artículo 17

 Las ropas de trabajo deberán ser lavadas a cargo de la empresa, tan
frecuentemente como sea necesario para evitar la impregnación de las
mismas con los productos manipulados, por personal entrenado en los
riesgos que esa manipulación representa y munidos de los necesarios
elementos de protección personal (guantes, delantal, calzado impermeable,
etc.).
Ayuda