APROBACION DE LA REGLAMENTACION DE EMPRESAS DE TRABAJOS DE CONTROL DE INSECTOS Y/O ROEDORES EN CUANTO A HIGIENE Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES Y USUARIOS DE SUS SERVICIOS




Promulgación: 05/12/1980
Publicación: 02/01/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1414

Artículo 12

   Las empresas deberán llevar un libro en que se registren por orden
cronológico, las intervenciones por ellas efectuadas, con detalle del
motivo de la intervención, lugar, tratado, tipo, concentración y cantidad
total de productos empleados; personal que intervino y fecha de la
intervención; firmado por el técnico responsable.
  Este libro deberá estar para su inspección a disposición de los
funcionarios de la División Higiene Ambiental del Ministerio de Salud
Pública y de la Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social.
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