APROBACION DE LA REGLAMENTACION DE EMPRESAS DE TRABAJOS DE CONTROL DE INSECTOS Y/O ROEDORES EN CUANTO A HIGIENE Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES Y USUARIOS DE SUS SERVICIOS




Promulgación: 05/12/1980
Publicación: 02/01/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1414

Artículo 10

 El empleador está obligado a cuidar del mantenimiento de todos los
elementos de protección personal, para que siempre estén en buenas
condiciones de uso y perfecta efectividad.

     Cuando los elementos sean de uso común, como las máscaras con línea
de aire o con suministro de oxígeno, o pasen de una persona a otra, por
causa de fuerza mayor, como en el caso de ceses o suplencia, deberán ser
sometidos a una adecuada desinfección después de su uso previamente a que
puedan ser utilizados nuevamente.
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